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La INSPECCION TECNICA DE EDIFICIOS (ITE), es una revision del estado en que se encuentran los edificios atendiendo fundamentalmente a sus condiciones de habitabilidad y seguridad constructiva y estructural.
Se deben someter a esta inspeccion todos aquellos edificios incluidos en los listados oficiales publicados por los Ayuntamientos cada año, siendo los propietarios del inmueble las personas obligadas a realizar los tramites oportunos para que esta revision sea llevada a cabo.
Para PASAR LA ITE, los propietarios del inmueble deben CONTRATAR A UN TECNICO COMPETENTE (arquitecto o aparejador para edificios destinados a uso vivienda) para que proceda a realizar la inspeccion. Una vez realizada, el arquitecto emitirá el informe ITE según los modelos oficiales aprobados.
Esta documentacion se debera REGISTRAR EN EL AYUNTAMIENTO, dando así por concluido el trámite y habiendo cumplido de esta forma la obligación de realizar la inspeccion.
A partir de aquí se abren dos escenarios distintos:
Para ello, deberemos solicitar la necesaria Licencia de Obras. En algunos casos, necesitaremos un Proyecto Técnico para solicitar la licencia (daños estructurales, edificios protegidos, etc...).
Cuando las obras hayan finalizado, se deberá realizar una nueva inspección en el edificio, y, si todo es correcto, se emitirá un CERTIFICADO DE IDONEIDAD, que se presentará en el Ayuntamiento, dando así por concluido el trámite.
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